La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid hace
hincapié en que los clientes no eran inversores expertos
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Banco
Santander a devolver 257.213 euros a un matrimonio de octogenarios que
en 2008 contrataron con Banif participaciones preferentes de bancos islandeses
sin ser informados correctamente de los riesgos de este producto financiero.
Los clientes tenían un perfil minorista y buscaron en la entidad asesoramiento
profesional en materia de inversión para gestionar sus ahorros de cara a su
jubilación.
La sentencia, que resuelve el recurso interpuesto
por la entidad ante la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 6 de
Móstoles que daba la razón a los demandantes, hace hincapié en que los
clientes no eran inversores expertos, aunque previamente hubiesen adquirido
instrumentos de análoga naturaleza a las preferentes islandesas.
El Tribunal destaca que la obligación de la entidad
era dar una información imparcial, clara y no engañosa a los afectados que
incluyera la empresa de inversión y sus servicios, los instrumentos financieros
y las estrategias de inversión propuestas, el centro de ejecución de órdenes y
gastos y los costes asociados con la intención de entender los riesgos y el
tipo específico del producto a fin de saber si les convenía invertir en él.
Por otra parte, subraya que el banco no
proporcionó folleto explicativo a los demandantes y afirma que el que se
encontraba alojado en la página web de la entidad no estaba en castellano.
Además, afirma que Banif no evaluó a sus
clientes antes de que suscribieran las órdenes de compra a fin de
desaconsejarles o no el producto.
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